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Estas son algunas de las cuestiones que usted debe conocer

¿Qué es el certificado energético?

Es un documento oficial obligatorio que se debe aportar a cualquier contrato de alquiler o compraventa de vivienda, local, oficina o edificio.



¿Es obligatorio, a quién afecta y desde cuándo?

A todas las viviendas, locales, oficinas y edificios que se dispongan para su venta o alquiler desde el 1 de junio de 2013, según lo estipulado en el RD 235/2013.



¿Cuál es su función, en qué consiste y cuál es su período de validez?

Conocer la eficiencia energética del inmueble según sus instalaciones y elementos constructivos, poder mejorarla y reducir así la factura energética. Es un instrumento que fomenta el ahorro energético.

El técnico tras visita al inmueble y toma de datos, entrega un informe firmado, la etiqueta energética y una propuesta de medidas para mejorar la calificación energética, con un presupuesto aproximado.

El período de validez es de 10 años.

¿A quién le contrato el trabajo?

Nosotros le recomendamos que contrate a un técnico especializado, concretamente a un Arquitecto o Arquitecto Técnico, ya que obviamente son los técnicos más especializados en materia de edificación y por tanto los que mejor conocen los elementos constructivos e instalaciones que contienen las edificaciones.

 

En SR arquitectos estamos especializados en la prestación de este servicio de manera rápida, eficaz y a precios muy competitivos, llámenos y le atenderemos gustosamente.

¿A qué activos inmobiliarios se aplica y quién debe encargarlo?

La obligatoriedad de contratar la certificación energética recae en el propietario de cualquier parte individual de un edificio existente si éste las ofrece o publicita en venta o alquiler. Ello incluye viviendas, oficinas y locales comerciales. Hay varios casos de exención. Sería buena idea que comprobaras si te afecta aquí.

¿Qué obligaciones tengo para con el comprador o inquiino?
En caso de venta del inmueble, el vendedor deberá entregar al comprador en la notaría un original del certificado. En caso de alquiler bastará con entregar al inquilino una fotocopia del certificado energético al firmar el contrato de arrendamiento.

¿Puedo esperar a vender o alquilar la vivienda y entonces contratar la certificación energética?
Eso no es posible. El certificado energético forma parte de la información básica que el vendedor o arrendador debe facilitar al Consumidor -comprador o inquilino- por lo que este documento debe estar disponible antes de formalizar la operación.

¿Puedo ofrecer o publicitar la vivienda en alquiler o compra sin contar con la certificación energética?
El artículo 12.2 deja claro que la etiqueta energética “se incluirá en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio”. De esta forma, en el resto de países de Europa donde ya está en vigor la medida, tanto en los escaparates de las agencias  inmobiliarias como en los portales de internet aparecen las etiquetas energéticas como una característica más de la vivienda o local.

¿Va a haber inspección para velar por el cumplimiento?
La Administración autonómica competente en materia de Consumo realizará la labor inspectora, que velará por su cumplimiento, detectará casos de falseo o fraude, y sancionará los abusos detectados.



¿Qué pasa si no certifico mi vivienda, local u oficina?
Si estando obligado a exhibir la certificación energética con motivo de la publicidad, compraventa o alquiler de una vivienda, local comercial u oficina, el propietario no lo hiciera, puede enfrentarse a:
- Ser sancionado administrativamente por el órgano competente de su comunidad autónoma por infracción a los Derechos de los Consumidores. Podemos convenir que la facilidad de la inspección  -dado que el bien se ofrece públicamente- junto a las necesidades del Erario Público, resulta disuasoria para el potencial incumplidor.
- Que, a instancia del comprador o arrendatario, el contrato de compraventa o arrendamiento sea objetado parcialmente por no haberse cumplido  el deber de información al Consumidor; ello podría acarrear consecuencias económicas muy desfavorables.
 

¿Me puede perjudicar económicamente el certificado energético de mi vivienda?

Si la certificación realizada es sometida a inspección y se detectan irregularidades en el cálculo, pueden obligarle a repetirlo. Pero aún peor: si contrata un técnico certificador poco preparado se va a encontrar con que, al afinar poco los cálculos, la etiqueta energética que le asignen va a ser peor de lo que se merece su vivienda, que se depreciará injustamente en el mercado. Por eso recomendamos confiar en plataformas como CertiFACIL que somete a sus colaboradores a un estricto control técnico antes de proceder a su admisión.


¿Qué trabajos comporta la realización de la certificación energética?
Cuando se realiza concienzudamente, el proceso de una certificación energética es una labor compleja que en esencia comporta:
  - Una o más visitas de inspección al inmueble a certificar, con toma de fotos del exterior e interior, de los datos de campo y medición detallada del inmueble, incluyendo su volumen habitable.
  - El levantamiento de su plano para cuantificar parámetros físicos decisivos en el resultado del cálculo.
  - Se recopilarán los datos administrativos y catastrales del inmueble, de los materiales componentes, de sus fachadas y cerramientos, de las carpinterías exteriores y de los espesores de los distintos elementos analizados.
  - El cálculo de la eficiencia energética del inmueble antes analizado, será realizado por personal técnico titulado, con formación específica. Se utilizará solamente software y otros elementos oficialmente reconocidos. En caso contrario los documentos generados no serán reconocidos por las autoridades competentes.
  - La elaboración de un exhaustivo informe en el que se cuantifica y justifica la asignación a la vivienda, local u oficina de una determinada etiqueta energética (A-B-C-D-E-F-G) con expresión de sus resultados.
  - La proposición de alternativas para la mejora de la etiqueta energética del inmueble en uno o dos grados, según los casos, y su valoración económica si procede.
  - La entrega de tres copias originales del informe definitivo, que refunde todo el trabajo anterior, suscrito por el técnico redactor.

 

Me puede perjudicar económicamente el certificado energético de mi vivienda?

Si la certificación realizada es sometida a inspección y se detectan irregularidades en el cálculo, pueden obligarle a repetirlo. Pero aún peor: si contrata un técnico certificador poco preparado se va a encontrar con que, al afinar poco los cálculos, la etiqueta energética que le asignen va a ser peor de lo que se merece su vivienda, que se depreciará injustamente en el mercado. Por eso recomendamos confiar en plataformas como CertiFACIL que somete a sus colaboradores a un estricto control técnico antes de proceder a su admisión

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